TERRITORIO DE TEPATITLÁN EN 1824
POR JUAN RAMÓN ÁLVAREZ

La siguiente información está tomada del Volumen I de la Colección de los Decretos, Circulares y Órdenes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Jalisco, páginas 167 y 173. El decreto está fechado el 27 de marzo de 1824. La misiva se origina en el poder legislativo y el destinatario es el jefe del ejecutivo.

Tepatitlan de Morelos

Tepatitlan de Morelos

Lo que está entre comillas, lo copié tal cual, es decir no quité ni agregué. Así era el uso (supongo) de las reglas del español de aquellos tiempos.

“Excmo. Señor.- El Congreso Constituyente del Estado, después de haber examinado el dictamen de la comision especial, encargada de hacer la division mas conveniente del territorio del propio Estado, ha tenido á bien aprobar la division que se ha hecho de dicho territorio, en los términos que aparece en la copia adjunta que acompañamos a V.E. del orden del mismo congreso…Dios y Libertad. Guadalajara, 27 de marzo de 1824.- Excmo. Señor Gobernador del Estado”. (Página 167).

El decreto continúa y describe el plan de división y luego nombra a cada uno de los 26 “departamentos”. Entre esos veintiséis, está claro Tepatitlán. La descripción de los límites para Tepa, según el mismo mandato del congreso es como sigue:

“Este departamento confina por el Oeste con el de Cuquio, siendo la línea divisoria de ambos el rio verde, sique correspondan á Tepatitlan otras poblaciones que las que hallan a la orilla izquierda de dicho rio: por el Norte con el de San Juan de los Lagos: por el Este con el de la Barca  y por el Sur con el mismo Barca y Tonalá. Comprende en su territorio todas las poblaciones que antes formaban el partido del mismo nombre, con arreglo á los linderos expresados, y con exclusión del distrito del ayuntamiento de Zapotlanejo, agregado al departamento de Tonalá”. (Página 173).

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